En una reciente actualización normativa, se han establecido cambios significativos en las prácticas formativas para estudiantes de formación profesional del régimen general y universitarios que requieran realizar prácticas para obtener su grado, máster, doctorado, diploma de especialización o diploma de experto.
Alumnado Afectado: Los cambios afectan directamente a los alumnos de formación profesional del régimen general y a los universitarios que realicen prácticas para obtener distintos grados académicos. Esto incluye las antiguas FCT o «prácticas en empresa» y cualquier otro tipo de práctica no remunerada.
Cotización y Plazos: Ahora, las empresas deben cotizar por el alumnado en prácticas como trabajadores por cuenta ajena, similar a cualquier otro empleado. Se solicitará un código de cuenta de cotización específico para este propósito. La empresa deberá dar de alta y baja al alumno en la Seguridad Social hasta diez días antes y después de que inicien y finalicen las prácticas. Un plazo excepcional hasta el 31 de marzo de 2024 se ha establecido para informar a la Tesorería General de la Seguridad Social sobre las altas y bajas correspondientes a las prácticas no remuneradas entre el 1 de enero y el 20 de marzo de 2024.
Responsabilidad de Pago de la cotización: En el caso de prácticas remuneradas, la empresa que contrate al becario sigue siendo responsable del pago. Para prácticas no remuneradas, la empresa en la que se forme el alumno o la universidad/centro de formación, según lo estipule el convenio firmado, son responsables del pago.
Cotización de Alumnos no Remunerados: En cuanto a la cotización de alumnos no remunerados, se ha establecido una cuota empresarial por cada día de prácticas, con una bonificación del 95% para contingencias comunes. El costo máximo mensual es de 2,89 euros. Para estudiantes de formación profesional, la bonificación alcanza el 100%.
Plazos de Pago: El ingreso de las cuotas se realizará en el mes siguiente al trimestre correspondiente: abril para enero, febrero y marzo; julio para abril, mayo y junio; octubre para julio, agosto y septiembre; y enero para octubre, noviembre y diciembre.
Inspecciones y Prevención de Fraude: La Administración llevará a cabo planes específicos para erradicar el fraude asociado a las prácticas formativas que encubren puestos de trabajo. Se insta a las empresas y a los centros a definir claramente las responsabilidades y actividades en un plan formativo consensuado con el centro de estudios.
Desde Fundación EFCL hemos venido estando atentos a todos los movimientos que se han desarrollado en este asunto a lo largo de 2023, especialmente en el último mes, y estamos a vuestra disposición para resolver las dudas que puedan surgir