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Fundación EFCL resuelve tus dudas sobre la obligación de cotizar, desde el 1 de enero, por parte de las empresas que dispongan de estudiantes que realicen prácticas formativas no remuneradas.

En una reciente actualización normativa, se han establecido cambios significativos en las prácticas formativas para estudiantes de formación profesional del régimen general y universitarios que requieran realizar prácticas para obtener su grado, máster, doctorado, diploma de especialización o diploma de experto.

Alumnado Afectado: Los cambios afectan directamente a los alumnos de formación profesional del régimen general y a los universitarios que realicen prácticas para obtener distintos grados académicos. Esto incluye las antiguas FCT o «prácticas en empresa» y cualquier otro tipo de práctica no remunerada.

Cotización y Plazos: Ahora, las empresas deben cotizar por el alumnado en prácticas como trabajadores por cuenta ajena, similar a cualquier otro empleado. Se solicitará un código de cuenta de cotización específico para este propósito. La empresa deberá dar de alta y baja al alumno en la Seguridad Social hasta diez días antes y después de que inicien y finalicen las prácticas. Un plazo excepcional hasta el 31 de marzo de 2024 se ha establecido para informar a la Tesorería General de la Seguridad Social sobre las altas y bajas correspondientes a las prácticas no remuneradas entre el 1 de enero y el 20 de marzo de 2024.

Responsabilidad de Pago de la cotización: En el caso de prácticas remuneradas, la empresa que contrate al becario sigue siendo responsable del pago. Para prácticas no remuneradas, la empresa en la que se forme el alumno o la universidad/centro de formación, según lo estipule el convenio firmado, son responsables del pago.

Cotización de Alumnos no Remunerados: En cuanto a la cotización de alumnos no remunerados, se ha establecido una cuota empresarial por cada día de prácticas, con una bonificación del 95% para contingencias comunes. El costo máximo mensual es de 2,89 euros. Para estudiantes de formación profesional, la bonificación alcanza el 100%.

Plazos de Pago: El ingreso de las cuotas se realizará en el mes siguiente al trimestre correspondiente: abril para enero, febrero y marzo; julio para abril, mayo y junio; octubre para julio, agosto y septiembre; y enero para octubre, noviembre y diciembre.

Inspecciones y Prevención de Fraude: La Administración llevará a cabo planes específicos para erradicar el fraude asociado a las prácticas formativas que encubren puestos de trabajo. Se insta a las empresas y a los centros a definir claramente las responsabilidades y actividades en un plan formativo consensuado con el centro de estudios.

Desde Fundación EFCL hemos venido estando atentos a todos los movimientos que se han desarrollado en este asunto a lo largo de 2023, especialmente en el último mes, y estamos a vuestra disposición para resolver las dudas que puedan surgir

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